domingo, 19 de agosto de 2007

CONTRATO DE TRANSPORTE

CONTRATO DE TRANSPORTE
Definición: En un sentido genérico representa el hecho de llevar un objeto, o una persona de un lugar a otro, utilizando cualquier medio de locomoción, el mismo tiene relevancia jurídica, aún siendo este tipo de contrato.
En el de cosas o mercaderías, quien hace el transporte se llama transportador y está obligad a hacer la entrega al destinatario al lugar determinado por el expedidor.
Cuando es transporte de personas, la obligación del transportista o transportador consiste en facilitar al pasajero el recorrido de un lugar previamente determinado
Existen de manera general diversas formas del contrato de transporte a continuación se mencionarán las de mayor relevancia:
Transporte Aéreo
Consiste en la conducción de perosnas o cosas por medio de una aeronave, se diferencia del transporte marítimo por la velocidad y el alcance, la facilidad para cruzar fronteras sin ser detenido, pero con respeto de las zonas de vuelo prohibidas.
Transporte de Cosas
Es aquel contrato en que una de las partes (el porteador) se obliga mediante cierta retribución (el porte) a llevar de un punto a otro, de no encargar la ejecución de un tercero (dependiente o relacionado con él) las cosas que a tal fin le sean entregadas, y ponerlas a disposición de las personas a la cual van dirigidas (el destinatario que puede ser el mismo expedidor u otro distinto).
Transporte de Personas
Contrato por el cual una persona (por lo general una empresa) se compromete a conducir a otra, esta última paga por ello una cantidad (pasaje o billete), al punto que desee, o a alguno del recorrido que habitualmente haga dicho vehículo, nave o aeronave entre otros.
Transporte Marítimo
Es el que se efectúa en los búques o barcos de todas clases estos establecen dos modalidades: El de personas o contrato de pasaje y el de mercadeías o contrato de fletamiento. Por último se encuentra.
Transporte Terrestre
El traslado de personas o mercaderías de un punto a otro por vía terrestre todo lo abverso al transporte marítimo, fluvial y aéreo.
En Resúmen existen diversas clases de contratos de transporte, que en general se refieren al traslado de objetos, personas o cosas, de manera específica cada tipo de tranporte posee sus propias restricciones, unas más estrictas que otras, esto se debe al riesgo de trasladar la cosa y de lo que se este transportando en ese momento, que en nuestros días se utiliza frecuentemente dependiendo de las circunstancias encontradas.

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